
Normatividad
Naturaleza Jurídica: La EAAAY E.I.C.E ESP, es una Empresa Industrial y Comercial de Estado descentralizada del orden municipal, cuyo objeto social es La empresa tiene como objeto principal la prestación de los Servicios Públicos Domiciliarios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo, y sus actividades complementarias de acuerdo con lo contemplado en las Leyes 142 de 1994 y 689 de 2001 y las demás disposiciones que las reglamenten, modifiquen, complementen o sustituya
RÉGIMEN CONTRACTUAL
Salvo en cuanto la constitución política o la ley 142 de 1994 dispongan expresamente lo contrario, todos los contratos que celebre la EAAAY se regirán por las normas de derecho privado, con excepción de los principios de la contratación establecidos en la Ley 1150 de 2007 en lo relativo a principios y reglas de la contratación (art. 209 y 267 de la C.P) así como al régimen de inhabilidades e incompatibilidades. Igualmente la inclusión de clausulas exorbitantes en algunos de los contratos de conformidad con lo previsto en la Resolución CRA 151 de 2001.
RÉGIMEN LABORAL
Teniendo en cuenta la naturaleza jurídica a los empleados de la EAAAY se le denominará Trabajadores Oficiales y en consecuencia se les aplicará las normas previstas en la Ley 6 de 1945, Decreto 2127 de 1945, Decreto 3135 de 1968 y la Convención Colectiva de Trabajo suscrita con la organización sindical.
RÉGIMEN PRESUPUESTAL Y CONTABLE
Por tratarse de una empresa de Industrial y Comercial del Estado, descentralizada del nivel municipal, la EAAAY E.I. C.E ESP, está sometida al régimen presupuestal público aplicable a estas entidades, Estatuto Orgánico de Presupuesto contenido en el Decreto 111 de 1996 y el Decreto 115 de 1996. La aprobación del presupuesto de la empresa está a cargo de la Junta Directiva.
En cuanto al Sistema General de Contabilidad y Manejo de Cuentas, la Empresa se atendrá a implantar la metodología del Plan Único de Cuentas, los sistemas y disposiciones para la Contaduría General de la Nación y los sistemas contables que establezca la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico para las empresas prestadoras de los servicios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo, o los establecidos por las entidades u organismos a los cuales se le haya expresamente establecidas dichas funciones.
Igualmente se sujetará al Plan de Contabilidad establecido en la Resolución 01416 de abril 18 de 1997 y 1417 de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios que establezcan el sistema unificado de costos y gastos de las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios.
Se rige por lo dispuesto en la ley 142 de 1994, por las condiciones uniformes que se pacten con los usuarios y las que señalen las empresas de servicios públicos, por las normas del código de comercio, del código civil y del código contencioso administrativo